Ofrece una bonificación del 50% durante 4 años.
Condiciones asumibles:
"Primer año: bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto. - Segundo año: bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto.- Tercer año: bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto. - Cuarto año: bonificación del 25% de la cuota íntegra del impuesto. - Desde el quinto año hasta el décimo: bonificación del 10% de la cuota íntegra del impuesto.Con una limitación máxima de bonificación de 250 €/año."