Ofrece una bonificación del Hasta el 50% durante 5 años.
Condiciones asumibles:
El 50% en el caso de que la instalación fotovoltaica se destine a autoconsumo, incluido el autoconsumo con compensación de excedentes, siempre y cuando la potencia de la instalación fotovoltaica sea superior al 25 % de la máxima potencia eléctrica contratada. En instalaciones aisladas, que la potencia de la instalación fotovoltaica sea como mínimo de 0,5 kwp./ El 30% en el caso de que la instalación fotovoltaica se destine a la venta de energía eléctrica a la red y no supere los 5 kw de potencia./ El 15% para las instalaciones de energía fotovoltaica destinada a la venta de energía eléctrica de más de 5 kw de potencia.