Ofrece una bonificación del 50% durante - años.
Condiciones restrictivas:
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones se acompañen de una intervención global para la limitación de la demanda energética en la envolvente del edificio a niveles del CTE-DB-HE1, la adecuación de las instalaciones térmicas al vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE), la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación a niveles de CTE-DB-HE3, la contribución solar mínima de agua caliente sanitaria a niveles de CTE-DB-HE4, y contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica a niveles de CTE-DB-HE5.