Ofrece una bonificación del 30% durante 5 años.
Condiciones asumibles:
Importe máximo de la bonificación 350 anuales por vivienda (unifamiliares) o inmueble (plurifamiliares) y año. Inscripción en el Registro de Autoconsumo de Cataluña - RAC y autorización posterior al 01-07-2023. Que no sea obligatorio por normativa. Para viviendas plurifamiliares 5% para cada vivienda sin sobrepasar el 30%. Cuando los elementos comunes formen una referencia catastral independiente, se aplicará sólo la bonificación general del 30% y la potencia instalada deberá ser igual o superior al 50% en relación a la potencia máxima contratada durante los 12 meses anteriores a la fecha de autorización del RAC.