Editorial de Las Breves de Junio de la Fundación Renovables.- La propuesta de Real Decreto de Autoconsumo, recientemente publicada por el Gobierno, con todo lo que tiene de injusta y antidemocrática, quizás lo más grave es su inoportunidad (o dicho de otra manera la pérdida de oportunidad) para regular adecuadamente y promover una actividad clave para el futuro energético de España en particular.
Vulnera la legalidad comunitaria y nacional y es un despropósito de cara a su confesado fin de promover el autoconsumo, como bien ha glosado la Fundación Renovables y cualquiera de los que se han pronunciado al respecto hasta el momento (falta que lo haga el sector eléctrico por razones obvias).
La propuesta de Real Decreto de Autoconsumo, recientemente publicada por el Gobierno, vulnera la legalidad comunitaria y nacional y es un despropósito de cara a su confesado fin de promover el autoconsumo.
El autoconsumo, como ya se está demostrando en países como Dinamarca y Alemania y se verá en nuestra vecina Portugal, es un elemento clave para la ineludible transición energética por lo que conlleva de generalización de la generación distribuida con fuentes renovables y de democratización de la energía y empoderamiento de la sociedad civil (no en vano energía en inglés es “power”). Con él llegará el cambio de modelo de consumo y productivo hacia un escenario con futuro necesariamente desenergizado, descarbonizado y sostenible, basado forzosamente en energías de fuentes renovables.
El Ministerio con esta propuesta acumula ya cinco años (el conteo empieza en la segunda legislatura del Gobierno anterior) de pérdida de tiempo en regular en esta materia, cinco años robados al futuro.
Un verdadero atraco al tiempo que en este caso es sin duda el recurso más escaso que tenemos si contamos el plazo cada vez más corto que nos queda para darle la vuelta totalmente al modelo energético y contribuir a mitigar el Cambio Climático.
El autoconsumo es un elemento clave para la ineludible transición energética por lo que conlleva de generalización de la generación distribuida con fuentes renovables y de democratización de la energía y empoderamiento de la sociedad civil.
España, como ya ha confirmado la Agencia Europa de Medio Ambiente, no cumplirá con el objetivo 2020 en renovables a pesar del liderazgo que mantuvo en su día y desde luego se enfrenta a un sombrío escenario a 2030, lo que es aún más grave si consideramos la pérdida de competitividad que conlleva.
¿Cómo se tipifica legalmente el atraco al tiempo, el robo del tiempo y con ello del futuro? Hablamos de corrupción como desvío ilegal e injusto de recursos públicos a manos privadas. ¿No es corrupción robar el tiempo –y con ello recursos económicos– a lo público mediante propuestas como la actual para dárselo al sector privado, en este caso las eléctricas, para que tengan tiempo de rentabilizar aún más sus inversiones, muchas ya amortizadas, y por supuesto a cuenta de lo público? Yo diría que sí, aunque me gustaría escuchar a expertos en derecho público.