Mercado de electricidad en Europa: en chino y para marcianos

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El pasado 5 de noviembre de 2013 la Comisión Europea hizo público un paquete de documentos sobre el mercado interior de la electricidad y la intervención pública, compuesto de una Comunicación y cuatro Documentos de Trabajo: (1) sobre intervención pública en el mercado eléctrico; (2) sobre el diseño de los sistemas de apoyo a las renovables; (3) sobre los mecanismos de cooperación en renovables; (4) sobre flexibilidad de la demanda y un documento con formularios sobre los proyectos de cooperación.

De todo este paquete, la Comunicación es el texto más didáctico, empezando en su introducción con este párrafo: “Un mercado interior de la electricidad para Europa no es un fin en sí mismo. Se trata de algo urgentemente necesario para lograr los objetivos de la política energética de la Unión. Entre ellos está: un abastecimiento seguro y a precios competitivos, unos objetivos en materia de energías renovables y de cambio climático para 2020, y un aumento significativo de la eficiencia energética en toda la economía. Este mercado debe basarse en una competencia leal y abierta. Para alcanzar esos objetivos de interés público, existe un gran consenso en que es preciso algún tipo de intervención pública en los mercados de la electricidad.”

Comunicación de la CE: Un mercado interior de la electricidad para Europa no es un fin en sí mismo. Se trata de algo urgentemente necesario para lograr los objetivos de la política energética de la Unión Europea:  abastecimiento seguro y a precios competitivos, unos objetivos en materia de energías renovables y de cambio climático para 2020, y un aumento significativo de la eficiencia energética.

Desde luego, el Documento de Trabajo sobre el diseño de los sistemas de apoyo me parece muy interesante también, sobre todo en el contexto de la reciente sentencia IBV, de 26 de septiembre 2013 (C-195/12). Pero antes de nada, volvamos a la Comunicación, que ya en esa introducción también dice: “En la Comunicación «Velar por la buena marcha del mercado interior de la energía», la Comisión subrayaba que si la intervención pública no está bien concebida y no es objeto de una coordinación adecuada a escala de la UE, corre el riesgo de ser contraproducente y de distorsionar el funcionamiento del mercado interior.”

Hablando en chino a un marciano

En el caso de España, estos dos párrafos son difícil de entender, suenan como chino a un marciano. A un marciano, porque el ministro de Industria de España no podría estar más lejano no sólo de Europa, sino también de sus propios ciudadanos. Chino, porque el lenguaje es diametralmente opuesto a las palabras de la reforma promovida en nuestro país, desde el RD-L 9/2013 hasta la culminación en una nueva Ley del Sector Eléctrico que se está aprobando mientras escribo estas líneas. Esta culminación tiene lugar en un contexto en el que se ignoran los mecanismos políticos más elementales del país. Primero, bombardeando con una ingente cantidad de borradores sobre los que los agentes legitimados para hacerlo debían opinar en un plazo ridículo y en mitad del verano. Y segundo, y todavía más grave, abusando de la mayoría absoluta para aprobar una reforma del sector de este calado, superado en importancia sólo por el financiero, por una comisión delegada del Congreso, sin que el Pleno de la Cámara entre a debatir y a votar la nueva Ley. Visto desde la óptica del funcionamiento del mercado interior la reforma que está tramando el Gobierno no lo promueve en absoluto, sino justamente lo contrario. Vamos de mal en peor.

Entre tanto, nosotros acabamos de presentar una denuncia por la falta de competencia en el mercado eléctrico español, la cuarta en una serie promovida por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, con el apoyo, entre otros, de la Fundación Renovables.

Otra cara fea de este gobierno –siempre hablo en palabras metafóricas: el partido gobernante sabe cuidar su presencia– es la de una compañera del Ministro que insinuó en una conferencia ante los jóvenes de su partido, que España no debería estar obligada a tolerar la autoridad de tribunales internacionales superiores a su orden jurídico interno. A esta señora la recomendaría la relectura de “Crimen y castigo” de Dostoievski, que probablemente no lo entendió en primera lectura, si lo ha leído, claro. El personaje de este libro tiene un “complejo Napoleón”: en el momento de cometer un atroz crimen se cree por encima de la ley por sus nobles motivos. La nobleza de motivos en el fin justifica cualquier medida.

Mejor ignoremos esa llamada a saltarse el Estado de Derecho y hablemos de leyes. El caso IBV, ya mencionado, es una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de obligado cumplimiento. ¿Que haría el partido del Ministro con esto? ¿Cómo podría no aplicarse? ¿Sería suficiente escaquearse de la presentación de cuestiones prejudiciales como le es habitual en cualquier procedimiento a través de la Abogacía del Estado? ¿O acaso, directamente, sería necesario salir de la Unión Europea? Otra cuestión interesante sería: ¿Cómo devolvería en este supuesto, de golpe, el rescate al sector financiero español? Obviamente, es sólo palabrería intencionada que únicamente busca el efecto. Esto de no aplicar el derecho internacional en España, no va a ninguna parte. Nuestro gobierno lo sabe muy bien.

«Mejor ignoremos esa llamada a saltarse el Estado de Derecho y hablemos de leyes. El caso IBV, ya mencionado, es una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de obligado cumplimiento. ¿Que haría el partido del Ministro con esto? ¿Cómo podría no aplicarse?»

El caso IBV ha dejado más claro que el agua lo que llevo proclamando desde hace ya unos años: los sistemas de apoyo a las renovables tienen que respetar los principios fundamentales del Derecho Europeo. No sorprenderá que la confianza legítima y la no discriminación formen parte de estos principios, principios que en clave europea son algo diferentes a los de aquí. La confianza legítima en la versión europea llama la atención por la ausencia del argumento circular sobre el riesgo regulatorio como lo conocemos en España.

En este contexto hay que aclarar otro aspecto de la Comunicación de la Comisión: NO dice en ningún momento que deban retirarse los sistemas de apoyo a las renovables ya existentes, entre otras cosas porque ello supondría entrar en conflicto con la Directiva de Renovables. La Comunicación de la Comisión es un texto no vinculante, relevante a efectos interpretativos y que además da una pauta de por dónde podrían ir futuras reformas del mercado interior de la electricidad.

España circula en dirección contraria

En España lo han hecho todo al revés: tenemos una reforma eléctrica que sólo nominalmente es para el futuro. En la práctica, y a través de una Disposición Adicional, la reforma es únicamente hacia el pasado, teniendo en cuenta la vigencia de la moratoria del RD-L 1/2012 y el carácter excepcional estipulado en la Reforma de cualquier futuro sistema de apoyo: formalismo en su estilo más tergiversado. La Comisión considera que los cambios retroactivos dañan la confianza inversora y es probable que reduzcan la inversión en el sector. La Comisión recomienda sistemas de apoyo «estables, transparentes, creíbles, eficientes y teniendo en cuenta el mercado». Eso sí, de cara al futuro, la Comisión aconseja que se use un sistema de complementos o cuotas en lugar de la tarifa regulada. También recomienda concursos públicos para la asignación de las primas. Pero al Gobierno español esto no parece importarle un pepino.

«Demostraremos al Ministro que formar parte de la Unión Europea no es sólo recibir ayudas financieras, sino también respetar el Estado de Derecho»

Como abogados de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético estamos elaborando ya la quinta denuncia contra la política energética de España, apoyados por la Fundación Renovables y las patronales de energías renovables del país. Explotaremos todas las vías procesales que nos confiere el Derecho Europeo y le demostraremos al Ministro que formar parte de la Unión Europea no es sólo recibir ayudas financieras, sino también respetar el Estado de Derecho.

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