España debe transponer cuanto antes la Directiva de Energías Renovables y el Reglamento de Metano
El incumplimiento de las normativas puede acarrear sanciones y retrasos en la aplicación del PNIEC
Madrid, 10 de junio de 2025.- La Fundación Renovables urge al Gobierno a cumplir con los plazos para transponer la Directiva de Energías Renovables, entre otras legislaciones europeas. Es fundamental que España no se quede rezagada y avance en el desarrollo de las normativas europeas, herramientas clave en la lucha climática.
El pasado 21 de mayo todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE) deberían haber implementado el artículo 15b de la Directiva de Energías Renovables (conocida como RED III). Este punto exige la elaboración de un mapeo espacial y coordinado de las zonas de aceleración renovable (ZAR). Es decir, diseñar una cartografía que identifique las áreas y superficies potenciales para acelerar la instalación de renovables.
Estos espacios servirán para agilizar los procesos administrativos para la instalación de plantas de energías renovables, ya que se trata de zonas degradadas donde el impacto ambiental es nulo o escaso. Su diseño es necesario para conseguir alcanzar el objetivo del 45% de renovables marcado por la UE para 2030.
La Fundación Renovables elaboró el pasado mes de mayo una propuesta –junto a la organización portuguesa ZERO– para que los Gobiernos de España y Portugal diseñen unas ZAR con impacto ambiental reducido y que, además, tengan en cuenta criterios sociales y la parte de la demanda. Es necesario que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico –junto a las autoridades competentes regionales– avance cuanto antes en el diseño del mapeo y que se abran procesos de diálogo con los actores sociales y económicos para tener en cuenta sus demandas en la herramienta cartográfica.
Un retraso similar sucede con la implementación del Reglamento del Metano de la UE. La primera fase de esta normativa entró en vigor el pasado mes de enero, designando autoridades competentes para el desarrollo de la norma. Además, desde mayo debería haber entrado en vigor otro apartado que exige a los importadores de combustibles fósiles que den información sobre las emisiones de metano de toda la cadena de valor. Es decir, que los países dispongan de datos relacionados con las fugas que se liberan a la atmósfera en los países y yacimientos de donde se extrae el petróleo y el gas que llega a Europa.
España es líder europeo en importación de gas natural licuado, convirtiéndose en un hub que opera como intermediario en la llegada y almacenamiento de gas para su posterior envío a países de la UE. Es necesario que se transponga lo antes posible la normativa, para que dispongamos de información detallada de las emisiones importadas que pasan desapercibidas y de los datos para conocer a fondo la magnitud del problema. Solo así podremos desarrollar medidas complementarias para reducir el metano emitido fuera de la UE y obligar a terceros países a combatir las emisiones y fugas de este gas.
Otro de los retrasos es la aplicación del ETS 2. Según la Directiva 2023/959 del mercado de comercio de derechos de emisiones de CO2, los Estados miembros deberían haber realizado la transposición a la legislación nacional antes del 30 de junio de 2024. Además, también deben contar en 2025 con planes de seguimiento anuales que se actualicen cada mes de abril. Todavía deben ser aprobados en la normativa española.
Desde la Fundación Renovables recordamos que España tiene una oportunidad única para liderar la lucha contra el cambio climático y no puede desaprovecharla. La transposición de estas normativas es crucial para avanzar en nuestro proceso de descarbonización, cumplir con los plazos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), acelerar el despliegue de tecnologías renovables y mejorar el bienestar y la salud de todas las personas.
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Alejandro Tena, responsable de Comunicación
alejandro.tena@fundacionrenovables.org