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La Fundación Renovables considera que la Ley de Cambio Climático no aprovecha la oportunidad histórica para avanzar en la transición energética

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Siendo una ley absolutamente necesaria, no cumple sus compromisos de desarrollo y ambición ante la emergencia climática que estamos viviendo.

Los principales objetivos, al igualarse con los del PNIEC, siguen rezagados respecto a los propuestos por la Comisión Europea.

Madrid. Jueves, 8 de abril de 2021. La Fundación Renovables ha recibido con decepción la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética aprobada hoy en la Comisión de Energía y Clima del Congreso, tras analizar el contenido aprobado durante su tramitación y que ahora pasará al Senado. Pese a recibir su aprobación con satisfacción, de las más de 758 enmiendas presentadas, las admitidas a trámite no han cumplido su función de mejorar, desarrollar y dar un mayor alcance de actuación a la nueva Ley, sino que ha abierto huecos para seguir promoviendo prácticas contaminantes que pueden retrasar la transición ecológica.

Desde que el Proyecto de Ley se envió a las Cortes el día 19 de mayo de 2020, en la Fundación Renovables empezamos a trabajar en analizar el contenido y proponer mejoras y enmiendas para tener una ley ambiciosa, fuerte y de gran calado normativo que nos permitiera liderar la lucha contra el cambio climático a nivel europeo, como así lo reflejamos en nuestro informe “Análisis del Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética”. Revisando su articulado y las enmiendas aprobadas, no podemos sino reflejar una desilusión objetiva al observar las carencias, que podían haber sido subsanadas, perdiendo así otra oportunidad para hacer una reforma profunda del marco legal y de seguir un camino que difícilmente podremos recuperar hacia la creación de un futuro sostenible.

Para reflejar nuestra valoración, hay que mirar los objetivos propuestos en el Artículo III. El de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en el conjunto de la economía española se aumenta del 20% al 23% respecto al año 1990. Aumentar la penetración de renovables en el consumo de energía final se eleva del 35% al 42% para alcanzar en 2030 un sistema eléctrico con el 74% de generación de renovables. Es decir, estos objetivos se han igualado con los contenidos en el PNIEC, salvo el de electrificación de la demanda de energía, que sigue sin aparecer en el articulado. Una primera revisión en 2023 de los objetivos, denota en si misma la poca fuerza y ambición con la que se aprueba la Ley.

Esto conlleva no solo que nos quedemos relegados de los objetivos definidos por la Unión Europea del 55% de reducción de emisiones para 2030, al subordinar los objetivos de la Ley a los del PNIEC y no seguir las indicaciones de la Comisión Europea, sino que se sigua sin apostar decididamente por la mejora del aire en nuestras ciudades y, consecuentemente, de la salud de la ciudadanía. Desde la Fundación Renovables propusimos un incremento de la reducción de emisiones de GEI para 2030 por encima del 50%, estableciendo un 100% para 2050, y alcanzar un 50% de penetración de renovables en el consumo final de energía y un 80% en el sistema eléctrico en 2030, llegando al 100% de ambos objetivos en 2050. Respecto al objetivo de electrificación de la demanda energética planteamos un 50% en 2030 y un 80% en 2050.

En cuanto al contenido, el artículo 8 favorece la continuidad de los procesos de explotación y exploración de hidrocarburos que hayan obtenido la licencia antes de la entrada en vigor de la Ley, prohibiendo los que sean posteriores.

Conjuntamente, recibimos con escepticismo que se haya incluido una enmienda en el artículo 11, por la que se consideran los combustibles alternativos, no solo para el transporte aéreo, como se proponía previamente, sino en todo el transporte. Esto supone una puerta trasera para la entrada del gas que puede desacelerar la transición energética, con riesgo de incumplir los objetivos y, además, implica que la inversión, que se debiera enfocar en fuentes renovables, se siga derivando a los combustibles. Por otro lado, conlleva no electrificar los consumos energéticos y aletargar los procesos de combustión térmica, con las emisiones asociadas a cada combustible, además de no apostar decididamente por crear una industria competitiva y fuerte de vehículos eléctricos dejando de lado la movilidad sostenible.

Más allá de los nuevos agujeros abiertos en el texto, sigue faltando una apuesta por el desarrollo urbano y la actuación en las ciudades. Las propuestas de actuación urbanas se circunscriben principalmente a temas de movilidad y en municipios de más de 50.000 habitantes (148 municipios de los 8.131 existentes en España, que incluyen el 68% de la población), relegando al 32% restante o, lo que es lo mismo, al 98,2% de los municipios. Se mantiene la prohibición de la venta de vehículos ligeros impulsados por combustibles fósiles para 2040, cuando se ha demandado que se adelantara a 2030.

Desde la Fundación Renovables demandamos que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética tenga mayor amplitud de cambio y de exigencia normativa, puesto que debe englobar en su articulado el desarrollo, la fijación, los plazos, las revisiones y el alcance de todos los objetivos, planes y estrategias de sostenibilidad. Es decir, no incluye una reforma del marco legal, como ya propusimos, propiciando la creación de una Ley de Fiscalidad Verde y la regulación del control en la ordenación del territorio con las energías renovables.

Con todo ello, obtendríamos un resultado completamente diferente, puesto que, en definitiva, la nueva Ley es más mediática que funcional, con una escasa ambición que pagarán las próximas generaciones y sin consonancia con la emergencia climática a la que nos enfrentamos.

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